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  • Foto del escritorAKETZALY MARAVILLA

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE ARRENDADOR Y ARRENDATARIO.

Es importante conocer los derechos y obligaciones que se generan cuando se renta nuestro inmueble, ya que de esta manera podemos saber cómo defendernos legalmente ante alguna problemática, lo que podemos y no podemos hacer, así como aquello que hay que exigir en el contrato que es por ley.

A continuación te doy los puntos más importantes sobre los DERECHOS Y OBLIGACIONES DE ARRENDADOR Y ARRENDATARIO.


DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR


-Entregar el bien en el tiempo convenido, si no se pactó, luego que sea requerido.

-Que el bien arrendado esté en buenas condiciones conforme a su naturaleza o los fines para los

cuales será utilizado.

-No cambiar la forma del bien, ni perturbar su uso, salvo que requiera de reparaciones necesarias.

-Conservar el inmueble arrendado en buenas condiciones, realizando las mejoras necesarias.

-Responder de los daños y perjuicios que sufra el arrendatario por los defectos o vicios ocultos del bien, anteriores al arrendamiento.

-Si el arrendador no hace las reparaciones necesarias para el uso a que esté destinado el bien, el arrendatario podrá optar por rescindir el contrato o reclamar que con cargo a las rentas se hagan dichas reparaciones.


FUNDAMENTO LEGAL - CÓDIGO CIVIL CDMX (ART.2412 AL ART.2424)

FUNDAMENTO LEGAL - CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO (ART.7.686 AL ART.7.687)


DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO


-Pagar la renta en el lugar, tiempo y forma convenidos.

-Usar el bien exclusivamente conforme a lo convenido o a su naturaleza.

-Contratar un seguro suficiente a cubrir los posibles daños que se causaren al bien y a terceros en sus bienes o personas, en caso de que establezca un negocio o industria riesgosa.

-Dar aviso al arrendador de las reparaciones necesarias que se requieran.

-Hacer las reparaciones locativas y los gastos de mantenimiento derivados del adecuado uso que se le dé al bien arrendado.

-Devolver el bien al término del contrato, en las condiciones en que lo recibió, salvo el deterioro por el uso normal del mismo.

-Poner en conocimiento del arrendador cualquier acto o hecho que lesione o pueda ocasionar un daño al bien arrendado.

-Si no se señaló lugar de pago de la renta, será pagada en el lugar de ubicación del bien inmueble arrendado, y tratándose de muebles en el domicilio del arrendador.

-Si no se señaló término para el pago de la renta, será pagada por plazos vencidos.

-El arrendatario está obligado a pagar la renta que se venza hasta el día en que entregue el bien arrendado.

-El arrendatario podrá pedir la reducción de la renta o la rescisión del contrato, en su caso, si por causas ajenas a él no puede usar total o parcialmente el bien.

-El arrendatario que ha cumplido puntualmente con sus obligaciones gozará del derecho de preferencia, tanto para la celebración de un nuevo contrato como respecto de la venta del bien arrendado, aplicándose las normas de la compraventa con derecho de preferencia.


FUNDAMENTO LEGAL - CÓDIGO CIVIL CDMX (ART.2425 AL ART.2447)

FUNDAMENTO LEGAL - CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO (ART.7.688 AL 7.694)


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